Se acerca la fecha para que Estados Unidos comience a exigir una prueba negativa de coronavirus para todas las personas que llegan al país en vuelos internacionales.
El requisito será obligatorio a partir del próximo martes 26 de enero. A continuación todo lo que debes saber sobre esta nueva medida:
¿Qué tipo de prueba debo presentar?
El gobierno de EEUU permitirá tanto PCR como prueba de antígenos (más conocida como prueba rápida) de no más de 72 horas (tres días). Las pruebas serológicas no serán aceptadas.
¿Es obligatoria para viajar hacia Estados Unidos por avión?
Sí, será un requisito obligatorio para todas las personas que viajen por avión al país, tanto para turistas como para residentes y ciudadanos estadounidenses. Entrará en vigencia el próximo 26 de enero.
¿En qué momento debo presentar los resultados negativos de la prueba?
La aerolínea le solicitará el documento, puede ser en forma impresa o electrónica. si un pasajero decide no presentar los resultados de la prueba o la documentación de recuperación, la aerolínea no lo autorizará a abordar el avión.
¿Quiénes deberán cumplir este requisito?
Todas las personas, incluidos niños mayores de 2 años.
¿Qué pasa con las personas que ya se vacunaron contra el COVID-19?
Todos los pasajero que viajan a los EE. UU. en avión, independientemente del estado de vacunación o presencia de anticuerpos, deben presentar una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación correspondiente.
¿Qué pasa si ya tuve coronavirus y me recuperé recientemente?
Debe presentar una prueba de recuperación del virus en los últimos 90 días. Puede utilizar una carta de su proveedor de atención médica o funcionario de salud pública que lo autorice a finalizar el aislamiento. Los CDC no recomiendan volver a hacerse una prueba de detección dentro de los tres meses posteriores a recibir un resultado positivo en una prueba viral, siempre y cuando no tenga síntomas del COVID-19.
¿Puede la aerolínea impedirme abordar el avión si no presento el resultado de la prueba?
Sí, las aerolíneas están obligadas a negar el embarque a los pasajeros que no presenten documentación de una prueba negativa o de recuperación del virus por órdenes directas del gobierno de EEUU.
¿Qué pasa si el resultado de mi prueba es positivo?
Deberá postergar su viaje hasta que se haya recuperado del COVID-19. Las aerolíneas deben impedir el embarque de cualquier persona que no presente una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación.
¿Esta orden aplica para los cruces fronterizos terrestres?
No, los requisitos de esta orden solo se aplican a los viajes aéreos hacia los EEUU.
¿Si mi vuelo se retrasa y supera el límite de 3 días para la prueba debo hacerme otro test?
Sí, tendrá que volver a realizarse la prueba si la demora hace que su prueba no cumpla con el requisito del periodo de prueba de 3 días antes de la salida.
¿Debo realizarme la prueba si mi vuelo tiene conexión en EEUU pero su destino final es otro país?
Sí, todo pasajero que ingrese a EEUU deberá presentar la prueba negativa, incluso si se trata de un vuelo de conexión.
¿Qué pasa con los residentes de países que tienen restricciones de entrar a EEUU?
Esta prueba no exime a los ciudadanos extranjeros de las restricciones de viajes emitidas en decretos presidenciales. Actualmente, EEUU prohíbe la entrada de viajeros de numerosos países, incluidos los de la Unión Europea (UE), a menos que sean ciudadanos estadounidenses, residentes permanentes o tengan alguna exención.
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